junio 01, 2012


Registro Único de Operadores de la
Cadena Agroalimentaria - Resolución 302/2012
El Ministerio de Agricultura de la Nación, a través de la Resolución Nº 302/2012, creó el Registro Único de Operadores de la Cadena Alimentaria, derogando la Resolución Nº 7953/2008 de la ex Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario y sus normas modificatorias y complementarias.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca será la Autoridad de Aplicación del Registro y en él deberán inscribirse todas aquellas personas físicas y/o jurídicas que intervengan en el comercio y/o industrialización de las cadenas agroalimentarias de los mercados de lácteos y granos, sus productos, subproductos y/o derivados y ganados y carnes, sus productos y subproductos de las especies bovina, ovina, porcina, avícola, equina y caprina.
Los sujetos alcanzados por la presente resolución deberán presentar la solicitud de matriculación y los formularios respectivos ante la Coordinación de Mesa de Entradas y Notificaciones del Ministerio de Agricultura de la Nación (Av. Paseo Colón Nº 982, Planta Baja, CABA).
Respecto a la admisión de la solicitud, la Secretaría dará intervención a las áreas pertinentes, las que examinarán el cumplimiento de los requisitos dentro de un plazo de diez (10) días hábiles.
La vigencia de las matrículas otorgadas bajo las disposiciones de la resolución revocada se extenderá, por única vez, hasta el 30 de noviembre del año en curso.
Para acceder a la Resolución Nº 302/2012, clic aquí
FUENTE: www.boletinoficial.gov.ar


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